Ingreso a Singapur con Pasaporte de Emergencia (PE)
El Pasaporte de Emergencia (PE) argentino es un documento oficial válido para viajes internacionales. Singapur acepta este documento siempre que tenga una validez mínima remanente de seis (6) meses al momento del ingreso al país.
Para facilitar su ingreso a Singapur con PE, envíe por correo electrónico a secon_esing@mrecic.gov.ar la siguiente información:
- Copia de su Pasaporte de Emergencia
- Información de sus vuelos:
- Fecha y hora de llegada a Singapur.
- Número de vuelo y aerolínea.
- Fecha y hora de salida de Singapur.
- Número de vuelo y aerolínea.
Esta información es utilizada para informar a las autoridades locales sobre el próximo ingreso y salida del titular del PE, a fin de prevenir eventuales inconvenientes migratorios al momento de su ingreso al país con dicho documento.
Consideraciones Importantes para su Viaje con PE
El PE es un documento de viaje de carácter excepcional. Su aceptación por parte de las autoridades migratorias, así como los requisitos de visado y tránsito aplicables, pueden diferir de aquellos exigidos a los titulares de Pasaportes Ordinarios.
En consecuencia, el titular de un PE deberá verificar previamente, ante la embajada o consulado competente de cada país de destino o tránsito incluido en su itinerario, los requisitos migratorios y de visado aplicables antes de adquirir pasajes, confirmar reservas de viaje o iniciar su desplazamiento.
Restricciones Regionales y Tránsito Internacional
Se debe advertir a los titulares del PE sobre la rigurosidad de los controles migratorios en países de la región:
- Responsabilidad de la Aerolínea: las aerolíneas son responsables de verificar la elegibilidad migratoria del titular del PE antes del embarque. Si el PE no acredita claramente el cumplimiento de los requisitos de ingreso o tránsito hacia el próximo destino, la compañía aérea puede negar el embarque con el fin de evitar sanciones migratorias o administrativas impuestas por las autoridades competentes. En Singapur, las aerolíneas operan conforme a los requisitos de control migratorio establecidos por la Immigration & Checkpoints Authority (ICA).
- Billete de salida: Las autoridades migratorias y las aerolíneas suelen aplicar controles más estrictos a los titulares de PE, por lo que es indispensable contar, en todo momento, con una reserva confirmada de salida. Al tratarse de un documento concebido exclusivamente para facilitar el tránsito o el retorno a la República Argentina (o al país de residencia habitual de su titular), y no para estancias turísticas prolongadas, el ingreso o el embarque solo se autorizarán si el titular acredita de manera fehaciente que se dirige a alguno de dichos destinos
- Actualización de Datos y Reserva de Vuelo: el PE posee una numeración distinta de la del Pasaporte Ordinario. Si el pasaje aéreo fue emitido con los datos de otro pasaporte, el titular del PE debe contactar a la aerolínea con la mayor antelación posible para actualizar la información de la reserva y de los documentos de viaje. La falta de actualización de estos datos puede ocasionar inconvenientes como demoras en el aeropuerto, denegación de embarque, cancelación del itinerario u otras incidencias relacionadas con el viaje. Todos los gastos, derivados de la modificación de vuelos, cambios de alojamiento, denegación de embarque, inadmisión en el país de destino, repatriación, deportación o cualquier otra incidencia vinculada con la expedición o el uso del PE son de exclusiva responsabilidad del solicitante.
- Controles documentales y migratorios: el PE puede requerir verificaciones documentales adicionales y, en determinados casos, no ser compatible con los sistemas automatizados de check-in, control migratorio electrónico (e-gates) u otros mecanismos de procesamiento automatizado utilizados por aerolíneas y autoridades migratorias. En consecuencia, el titular del PE debe prever tiempos adicionales en el aeropuerto para la realización de controles documentales y migratorios, tanto por parte de la aerolínea como de las autoridades competentes.
- Cobertura de seguro de viaje: Algunas compañías aseguradoras pueden limitar o excluir la cobertura de determinados supuestos que afecten a los titulares de PE, tales como la inadmisión migratoria, la denegación de embarque o los cambios obligatorios de itinerario. Por ello, se recomienda verificar expresamente, antes del viaje, las condiciones, exclusiones y el alcance de la póliza de seguro contratada.
Supuestos que Justifican la Emisión del PE
El otorgamiento del PE se encuentra limitado a situaciones en las cuales el solicitante se vea imposibilitado de aguardar la emisión y recepción de un Pasaporte Ordinario emitido por la República Argentina.
El PE puede ser emitido únicamente en circunstancias excepcionales y debidamente fundadas, motivadas por razones de emergencia, caso fortuito o fuerza mayor. En todos los casos, el solicitante debe acreditar la urgencia del viaje o la necesidad inmediata del PE mediante documentación respaldatoria.
Corresponde a la autoridad consular determinar, en cada caso particular, la procedencia de las razones invocadas por el solicitante para el otorgamiento del PE. Asimismo, se recuerda que es responsabilidad de cada solicitante mantener su documentación de viaje vigente y en regla.
Entre algunos de los supuestos más frecuentes que pueden justificar el otorgamiento del PE, se encuentran los siguientes:
- Urgencia o continuidad de viaje: Cuando el solicitante deba realizar un viaje inminente y no pueda aguardar el tiempo necesario para la emisión y recepción de un Pasaporte Ordinario, confeccionado en la República Argentina y remitido a la oficina consular correspondiente mediante valija diplomática, ya sea por extravío, robo o vencimiento de su pasaporte, o porque deba continuar un itinerario de viaje desde el exterior hacia terceros países que acepten el uso de un PE.
- Regularización migratoria o documental: Cuando el PE resulte necesario para gestionar o acreditar permisos de residencia, permanencia o documentación migratoria ante autoridades extranjeras, así como en los casos de recién nacidos que requieran documentación de viaje para la tramitación de su situación migratoria.
Vigencia
El PE posee tapas de color bordó, a fin de diferenciarlo del Pasaporte Ordinario, y tiene una vigencia de un (1) año, no prorrogable.
A diferencia del Pasaporte Ordinario, el PE no incorpora chip electrónico con datos biométricos del titular y cuenta con dieciséis (16) hojas.
El número de Pasaporte se compone de las letras “PE”, seguidas de ocho números correspondientes al número de DNI del titular del PE, y finaliza con las letras “A”, “B” o “C”, según se trate del primer, segundo o tercer ejemplar emitido.
Documentación Requerida
Antes de solicitar un turno, el solicitante debe remitir por correo electrónico a secon_esing@mrecic.gov.ar copias escaneadas de la siguiente documentación:
- Tarjeta de Identificación de Singapur (Singapore Identity Card – FIN o NRIC), anverso y reverso, de corresponder. Documentacion valida que acredite fehacientemente residencia en el caso de Singapur.
- DNI argentino vigente, anverso y reverso. El documento debe contar con las actualizaciones obligatorias de los ocho (8) y catorce (14) años. En caso de que el DNI no se encuentre actualizado, se procederá a su actualización conjuntamente con la tramitación del PE y de un nuevo DNI, mediante trámite combinado.
- Pasaporte Ordinario: página biométrica del último ejemplar emitido.
- Formulario de Declaración Jurada: debe completarse digitalmente el archivo Word correspondiente, indicando el motivo de la solicitud del PE El formulario no debe firmarse ni fecharse previamente, ya que será suscripto presencialmente el día del turno.
- Documentación respaldatoria: Las circunstancias invocadas deberán acreditarse mediante la presentación de documentación respaldatoria o cualquier otra constancia pertinente (por ejemplo, certificado médico, nota del empleador, constancia judicial o cualquier otra documentación equivalente). La sola presentación de pasajes emitidos no constituye, por sí misma, prueba suficiente de una situación de emergencia.
- Denuncia policial por extravío o robo y traducción simple al español de la denuncia policial (se adjunta modelo de referencia).
Formato de envío:
- Cada documento debe enviarse como archivo individual en formato PDF.
- Todos los archivos deben remitirse comprimidos en una única carpeta en formato .zip o .rar.
- No deben adjuntarse imágenes insertadas en el cuerpo del correo electrónico ni fotografías tomadas con teléfono celular.
Denuncia Policial por Extravío o Robo de DNI y/o Pasaporte Ordinario
En caso de extravío o robo del Pasaporte Ordinario, es obligatorio efectuar la correspondiente denuncia ante la autoridad policial local competente.
La denuncia y la carga del documento en los registros pertinentes son de carácter irrevocable y producen la anulación inmediata del documento anterior.
En Singapur, la denuncia podrá realizarse ante la Singapore Police Force (SPF) mediante Singpass, a través del sistema “Police Report” en Police Report SPF.
Denuncia Consular
En caso de que, por razones debidamente justificadas, el solicitante no pueda efectuar la denuncia ante la autoridad policial local competente, podrá realizar una denuncia en sede Consular.
Se admiten denuncias consulares en situaciones debidamente acreditadas en las que el solicitante se encuentre imposibilitado o experimente dificultades razonables para acudir ante la autoridad local y requiera con urgencia un nuevo documento para continuar su viaje. A modo de ejemplo, ello puede ocurrir en el caso de turistas no residentes en la jurisdicción que carezcan de acceso la herramienta local Singpass (la plataforma oficial de identidad digital del Gobierno de Singapur), necesaria para efectuar la denuncia online correspondiente.
Declaración Jurada de No Portación de DNI para PE
En caso de no poder presentar el DNI, el solicitante deberá completar, según corresponda, el siguiente formulario:
- Declaración Jurada de No Portación de DNI para PE.
- Declaración Jurada de Extravío o Robo de DNI para PE.
En ambos casos, el formulario deberá completarse digitalmente en formato Word. No deberá firmarse ni fecharse con anterioridad, ya que será suscripto presencialmente el día del turno.
Requisitos Adicionales para Menores de 18 años
Cuando el solicitante es menor de dieciocho (18) años se debe adjuntar además de la documentación general requerida, la siguiente documentación complementaria:
- Documentación de ambos progenitores: tarjeta de identificación de Singapur (de corresponder) y DNI argentino, anverso y reverso, o Pasaporte vigente en caso de que alguno de los progenitores sea extranjero. Presencia de ambos progenitores: es obligatoria la asistencia de ambos progenitores al inicio del trámite de PE, a efectos de suscribir la autorización correspondiente.
- Partida de Nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil correspondiente (CABA o Provincial). Se puede solicitar en: Solicitud de Partidas.
- Constancia de Autorización para PE de Menor: debe completarse digitalmente el archivo Word. El documento será firmado presencialmente por ambos progenitores el día del turno, a fin de dejar asentado su consentimiento para la tramitación del documento.
- Ausencia de los progenitores: si uno o ambos progenitores no pudieran concurrir a la Sección Consular, debe presentarse una autorización expresa, poder o venia de viaje vigente y válida que autorice la expedición del Pasaporte del menor. Cuando el documento hubiera sido otorgado fuera de la República Argentina, debe contar con la Apostilla de La Haya o con la legalización consular correspondiente, según el caso. Asimismo, si el documento estuviera redactado en un idioma distinto del español, debe acompañarse de la correspondiente traducción.
- Representantes legales o tutores: en caso de que el menor se encuentre bajo representación legal distinta a la de sus progenitores, debe acreditarse tal carácter mediante la presentación del instrumento público original correspondiente (por ejemplo: sentencia judicial de tutela), junto con el documento de identidad vigente del representante.
- Privación o suspensión de la responsabilidad parental: si por resolución judicial uno de los progenitores hubiera sido privado o tuviera suspendido el ejercicio de la responsabilidad parental, debe presentarse el testimonio, sentencia o instrumento público original que acredite dicha circunstancia.
- Fallecimiento de uno de los progenitores: debe presentarse la correspondiente partida o certificado de defunción.
Información del Trámite
- Costo: USD 40 (cuarenta dólares estadounidenses), no reembolsables, abonables en dólares de Singapur el día del turno (aproximadamente SGD 52, sujeto al tipo de cambio vigente).
- Formas de pago: únicamente mediante eNETS o PayNow.
- Duración estimada del trámite: aproximadamente entre treinta (30) minutos a una hora.
- Día del turno: en caso de poseerlo, es indispensable presentar el DNI argentino físico vigente.
Plazos de Entrega
El PE suele entregarse el mismo día de la realización del trámite. No obstante, el plazo de emisión puede extenderse en función del tiempo requerido para la correspondiente autorización y validación por parte del Registro Nacional de las Personas (ReNaPer).
Una vez finalizado el trámite, la solicitud es remitida para su procesamiento y autorización por parte de los operadores del ReNaPer. Tratándose de un PE, dicha instancia suele completarse en un plazo estimado de entre dos (2) y veinticuatro (24) horas contadas desde el cierre del trámite.
Retiro del PE
La Sección Consular notificará por correo electrónico cuando el PE se encuentre disponible para su retiro.
Al momento de la entrega, deberá suscribir el correspondiente acuse de recibo, consignando fecha, firma y número de documento de identidad.
Asimismo, deberá firmar una Declaración Jurada mediante la cual toma conocimiento del alcance, las limitaciones y el carácter excepcional del documento, así como de las responsabilidades derivadas de su utilización.
Dicha declaración incluye, según corresponda, el reconocimiento de:
- Las limitaciones migratorias y eventuales exigencias de visado aplicables al uso del PE.
- La necesidad de tramitar un Pasaporte Ordinario a la mayor brevedad posible, por ser éste el documento ordinario y habitual de viaje.
- Las posibles restricciones migratorias derivadas del ingreso a la República Argentina utilizando un PE; ello incluye la eventual imposibilidad de egresar del país hasta tanto se obtenga un nuevo Pasaporte Ordinario, siendo dicha tramitación y los costos responsabilidad del solicitante.
Los modelos de Declaración Jurada aplicables para residentes y no residentes se encuentran disponibles en la sede Consular en Singapur.
Devolución y Anulación del PE
El titular deberá devolver el PE a la sede consular al momento de recibir el nuevo Pasaporte Ordinario. Una vez emitido este último, el PE perderá su vigencia y no podrá continuar utilizándose como documento de viaje.
Contacto Consular de Emergencia
En caso de emergencia fuera del horario habitual de atención al público, podrá comunicarse con el teléfono de guardia de la Sección Consular:
Guardia Consular: +65 9787 4442.
Importante: este número está habilitado exclusivamente para situaciones de emergencia y asistencia consular urgente, tales como robo o extravío de Pasaportes, detenciones, retenciones aeroportuarias, hospitalizaciones, fallecimientos, búsqueda de paradero y otras circunstancias de similar gravedad.
No se brindará por esta vía información relativa a trámites ordinarios, requisitos de ingreso, turnos, ni al estado de solicitudes o gestiones consulares en curso.
Para consultas generales, debe contactarse por correo electrónico a: secon_esing@mrecic.gov.ar.
