Se informa que el 26 de mayo de 2026 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General N° 4/2026 de la Inspección General de Justicia (RESOG-2026-4-APN-IGJ#MJ), referida a la actualización y simplificación del régimen aplicable a las sociedades constituidas en el extranjero que operan o desean invertir en la Argentina.
La resolución entró en vigencia el 27 de mayo de 2026.
Principales puntos de la norma
– Documentación digital apostillada: se habilita la presentación de documentos provenientes del exterior en formato digital apostillado, por lo que no será necesario enviar documentación original en papel desde el exterior.
– Texto ordenado del estatuto: se admite la presentación del texto ordenado del estatuto vigente, certificado notarialmente o por la autoridad registral de la jurisdicción de origen, en reemplazo de sus reformas, sin requerir las copias y traducciones de todos los documentos anteriores.
– Tramitación conjunta: la inscripción de la sociedad extranjera y la constitución de la nueva sociedad local en la que vaya a participar podrán gestionarse de forma simultánea, reduciendo los tiempos de inserción en el mercado.
Como resultado de estas modificaciones, el trámite que inicie una empresa extranjera que desee participar como socia en una sociedad argentina se agilizará y demandará un tiempo menor al que requería anteriormente.
Para mayor información, se sugiere la atenta lectura del texto completo publicado en el Boletín Oficial de la Nación:
Resolución General IGJ N° 4/2026 — Boletín Oficial de la República Argentina

